Queremos recordaros que este año hay una modificación en lo que respecta al pago de la Productividad. Hasta el 1 de Enero de 2010 la Productividad era de hasta un 8.5% del salario puesto y en un único cocepto retributivo. No se consolidaba nada y todo era variable en función de unos parámetros.
Con efectos 1 de enero de 2010 la productividad se divide en dos partes:
- La primera es el denominado Incentivo de Productividad, que es un 7% del salario puesto. No es retribución fija ni produce consolidación de ningún derecho.
- Y la segunda es el Complemento de Adaptación a la Actividad, consistente en el abono una vez al año del 1.5 % del salario puesto. Tiene carácter de complemento personal consolidable.
Aprovechamos la ocasión para mandarte el reparto de los miembros del Comité de Empresa en las diferentes mesas de trabajo.
Este reparto es proporcional al numero de votos en todas las mesas, según sea la composición del número de cada una de ellas, a excepción de la mesa de Seguimiento del Plan de Pensiones que es designada por el propio Comité de Empresa.
| MESA | CCOO | UGT | CSIT-UP | SIT | CGT |
| PARITARIA | 2 | 2 | 2 | 1 | 0 |
| SALUD LABORAL | 2 | 2 | 2 | 1 | 0 |
| PLAN IGUALDAD | 2 | 1 | 1 | 1 | 0 |
| TRASLADOS Y CONTRATACION | 1 | 1 | 1 | 0 | 0 |
| FORMACION | 1 | 1 | 1 | 0 | 0 |
| HORAS EXTRAORDINARIAS | 1 | 1 | 1 | 0 | 0 |
| AGRUPACION SOCIAL DEPORTIVA | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 |
| CONTROL PLAN DE PENSIONES | 2 | 2 | 0 | 1 | 1 |
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